domingo, 14 de abril de 2013

Las candidaturas independientes, evolución de la democracia participativa


Por Gerardo Mata

Rogelio Cárdenas Hernández ha tomado la determinación, junto con otros ciudadanos, de postularse para un cargo de elección popular por la vía de las candidaturas independientes. Esta figura electiva se incluye por primera vez en un proceso electoral de un estado. Zacatecas se convierte en una entidad sobre la que estarán pendientes diversos actores de la vida política nacional, particularmente porque ya se ha legislado para el país esta posibilidad.
De los 18 países democráticos de la región, sólo siete mantenían el monopolio absoluto de los partidos: Argentina, Brasil, Costa Rica, El Salvador, Nicaragua, Uruguay y México; éste, sin embargo, con las reformas introducidas en la Constitución y en las leyes electorales, se suma a Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Honduras, Paraguay, República Dominicana, Venezuela, Panamá, Perú y Guatemala, países que en algún grado y medida han incorporado a su legislación las candidaturas independientes.
Esta decisión de Cárdenas Hernández se circunscribe en un estado de madurez política de la nación, al mismo tiempo que constituye una respuesta ciudadana ante el hartazgo de las formas internas de selección de candidatos en el seno de los partidos políticos, así como de las consecuencias que en el ejercicio de la función pública tienen estas prácticas partidistas. No existe una verdadera representación popular en los partidos; esto es notorio no sólo en los mecanismos de selección de candidatos, sino en la forma en que se ejercen los recursos públicos. El resultado es que México atraviesa en la actualidad por una crisis de credibilidad en las prácticas políticas y en las relaciones sociales, lo que ha descompuesto la convivencia y el medio en que ésta se desarrolla.
El hoy aspirante a una candidatura independiente tiene claro que la corrupción y la violencia tienen su origen en las formas en que las administraciones públicas realizan su labor, la que se vincula más con la satisfacción de las necesidades personales, partidistas y electorales de quienes ejercen los cargos públicos, lejos de la búsqueda de satisfactores para las comunidades a las que debieran servir. Es decir, los políticos que son electos en los partidos, ofertados al electorado y luego ocupan los cargos públicos, tienen como única meta la recaudación de dinero, por las diversas vías a su alcance, ya sea directa o a través de participaciones, para luego utilizar estos recursos en beneficios exclusivamente personales o de índole político-electoral. En este sentido, aún las obras públicas que llegan a realizarse, tienen como único fin lograr el impacto del electorado a fin de promover el voto útil a favor de los colores que representan quienes ejercen el poder.
México atraviesa un proceso evolutivo en materia electoral y participación política. Desde hace poco más de treinta años se han tenido logros que debemos reconocer, tales como la creación de nuevos partidos políticos, la posibilidad de alianzas coyunturales y coaliciones, los diputados y senadores plurinominales, senadores de primera minoría y otras que en un primer momento beneficiaban sólo a los partidos políticos. Sin embargo éstos se convirtieron en fortalezas cerradas, en centros de colocación, cerrando así una participación ciudadana efectiva, como no fuera a través del sufragio.
La fuerza adquirida por los partidos políticos no tuvo el resultado esperado; es decir no incluyó a más ciudadanos, debido a que desaparecieron las diferencias ideológicas y los electores no encontraron en ninguno una posibilidad real de acción que les permitiera un trabajo activo; esto además de lo que ya se había mencionado. Actualmente menos del diez por ciento de los ciudadanos en México tiene simpatía o milita en alguno de los partidos políticos registrados, y se entiende que, dado que éstos eran los únicos y absolutos representantes sociales en materia político-electoral, a ellos debían destinarse los recursos líquidos de las prerrogativas que el Estado otorga para el sustento de la democracia en México.
El equipo de trabajo de Rogelio Cárdenas Hernández ha analizado situaciones y casos que en el pasado reciente han procurado la incorporación de la figura de las candidaturas independientes. Jorge Castañeda Gutman presentó una denuncia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en donde ya se había analizado el caso Yatama contra Nicaragua. En su momento, la Corte determinó que la Convención Americana de Derechos Humanos no prevé con claridad la obligación  de los Estados parte para incorporar las candidaturas independientes, sobre el argumento de que los partidos políticos son instituciones que de manera suficiente representan, o pueden representar los intereses ciudadanos.
En México, Guillermo Guillén Monzón planteó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el 2001 un juicio para la protección de sus derechos políticos, toda vez que el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán le negó el registro como candidato independiente. En su momento, la Corte determinó que ni la fracción II del artículo 35 constitucional, ni los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos violaban los derechos fundamentales del quejoso. No obstante el análisis de la SCJN consideró que en ese momento no existía un monopolio absoluto de los partidos, con excepción de las diputaciones y senadurías plurinominales, en el sentido de que los aspirantes debían formar parte de listas presentadas exclusivamente por los partidos políticos.
El caso Guillén Monzón, si bien en su momento obtuvo como resultado la negación de la SCJN, resulta importante debido a que el tema de las candidaturas independientes fue ya discutido en la Corte, y dejaba abierta una puerta al asegurar que “el tema de las candidaturas independientes debe considerarse como una posibilidad”. Por su parte los magistrados Mauro Miguel Reyes Zapata y Leonel Castillo González, consideraron que “la Constitución sí obliga al legislador a prever la figura de las candidaturas independientes”.
En el ayuntamiento de Las Vigas Ramírez, Veracruz, le fue negado el registro a una planilla independiente, sin embargo, bajo el amparo de la fracción II del artículo 35 constitucional se les dejó libres de participar como “candidatos no registrados”. Los aspirantes repartieron entre sus simpatizantes calcomanías que debían ser adheridas a la boleta electoral al momento de emitir el sufragio. El resultado de esta actividad fue que los ciudadanos independientes obtuvieron el mayor número de votos; sin embargo éstos no fueron reconocidos, ni por la autoridad electoral, ni por la SCJN, con el argumento de que los aspirantes habían incumplido el requisito previsto en la ley electoral, de ser postulados por un partido político.
Estos casos que en su momento abrieron activamente la posibilidad del debate, dan pie a la acción ciudadana para lograr por la vía legal la incorporación de las candidaturas independientes en el estado de Zacatecas. Con la oposición manifiesta de varios legisladores, pero con el acuerdo de la mayoría, se obtuvo este logro importantísimo para la vida política, no sólo del estado, sino del país.
Rogelio Cárdenas Hernández prevé que esta participación social activa, habrá de promover cambios sustanciales, no sólo en la forma en que los ciudadanos pueden ser representados en los procesos electorales y en el ejercicio de gobierno, sino también en las estructuras y métodos de los partidos políticos, los que tendrán la necesidad de actualizarse, adaptarse a la nueva tendencia social o desaparecer para dar paso a nuevas formas de participación.

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